Blog sobre cuestiones relativas al Derecho Penal y en particular la incidencia de las tecnologías de información y comunicación (TIC) y el derecho a la intimidad por ALFREDO HERRANZ ASIN (abogado)

jueves, 15 de octubre de 2015

COMO HACER BIEN UNA DECLARACIÓN EN INSTRUCCIÓN O ANTE LA POLICIA


Habitualmente como ciudadanos no pensamos que nos podamos encontrar en la tesitura de vernos incursos en una investigación policial o judicial, sin embargo esto si que nos puede ocurrir. Hay delitos como la simulación de delitos que son cometidos en mayor medida por personas que no son delincuentes habituales o no podemos olvidar el hecho de que una investigación se dirija contra nosotros aunque seamos inocentes. En esta entrada me atrevo a dar unos consejos para estas situaciones.

Lo primero que debemos entender es ante que nos encontramos. Debemos ser conscientes que estamos ante un procedimiento judicial o una investigación policial en las cuales podemos estar detenidos e imputados, lo que supone que hay sospechas de que somos autores de un delito. Debemos entender que es una situación que nos puede acarrear una consecuencia seria: acabar con una condena penal y una pena impuesta. El sistema de investigación español se sustenta en gran medida sobre la declaración del detenido e imputado buscando la confesión de este o que haya en su declaración elementos que justifiquen la condena. De ahí el especial cuidado a adoptar ante la declaración.

Explicado lo anterior, expreso mis CONSEJOS ante una declaración como detenido o imputado.

1. ENTENDER LOS DERECHOS. La toma de declaración tiene un acto previo, la información de derechos al detenido o imputado. La información ha de ser comprensible (conforme a la directiva 2012/13/UE y la nueva redacción de la ley de enjuiciamiento criminal que entrará en vigor en noviembre). El primer consejo es obvio, no declarar si no se entiende el acto en el que estamos. Si se es extranjero insistir en la presencia de un intérprete.

2. NO ES NECESARIO DECLARAR y a veces puede no ser lo mas conveniente. Entre los derechos del ciudadano esta el derecho a no declarar y el derecho a no responder a determinadas preguntas, lo que supondría declarar parcialmente. Podemos decir aunque no sea correcto técnicamente que también tenemos derecho a mentir. Lo cierto es que la información es importante y debemos ser conscientes de ello. Solo es conveniente declarar cuando tenemos toda la información lo que implica saber que sabe la policía, es decir, conocer el contenido del atestado y de los autos (procedimiento) en el juzgado. Lo mismo en sentido inverso, no demos información o mejor dicho demos la que nos interesa. Recordemos que no estamos ante un deber cívico de colaborar con la policía sino que nos estamos defendiendo de una acusación.

3. CONTESTAR LO QUE SE TE PREGUNTA. Unido a lo anterior es importante escuchar bien la pregunta, entenderla y analizar que información se esta buscando en la pregunta. Conforme a ello y a lo que nos interesa contestaremos. Recordemos lo que he mencionado en el párrafo anterior, no demos más información de la que ellos mismos desconocen. 

Hay jueces que se enfadan ostensiblemente porque no se conteste a lo que se pregunta, guardemos en este caso tranquilidad y compostura centremos la respuesta o recordemos con educación al juez que no se quiere contestar a esa pregunta.



4. EXPRESAR CLARAMENTE TU VERSION. Debemos entender la declaración como una oportunidad de explicarnos y dar nuestra versión de los hechos. Suelo aconsejar que al declarar, bien ante policía, el juez de instrucción o en el juicio, se lleve la iniciativa y se exprese la declaración como el resumen de una película que visualiza el declarante en su mente. Visualizar en imágenes con un desarrollo facilita no equivocarse. Contar de una tacada de principio a fin evita malinterpretaciones y que queden hechos o frases fuera de contexto. Habitualmente los interrogatorios son preguntas parciales sobre aspectos concretos que generan una visión sesgada y no completa de lo ocurrido. Por eso mi primera pregunta en un interrogatorio suele ser "explique usted lo que ocurrió ..."

5. Todo lo anterior conduce a la conveniencia de tener un buen ASESORAMIENTO PREVIO. Todavía hay abogados que desconocen que se puede indicar a su defendido que no declare en comisaría y otras cuestiones similares. El asesoramiento no solo ha de ser sobre el fondo (sobre lo que se declara) sino también técnico en el proceso y en particular en la práctica de la declaración que ha de hacerse con todas las garantías transmitiendo seguridad al cliente.

6. TENER CLARO LOS PUNTOS CLAVE Y NO RESPUESTAS APRENDIDAS. Muchos clientes me piden que les indique las respuestas para memorizarlas lo cual considero un error. Lo adecuado es conocer los aspectos clave en la declaración, lo que hay que evitar, las ideas en definitiva para que el declarante tenga las claves con las que construir una buena declaración. Focalizar en el aprendizaje de respuestas supone el riesgo de que se hagan preguntas que el declarante no sepa como responder.

7. CUIDAR EL LENGUAJE CORPORAL. Es uno de los grandes desconocidos y que sin embargo comunica en mayor porcentaje que el verbal. Sobre el mismo se puede consolidar una percepción que nos ayude o que nos perjudique en la posterior valoración judicial sobre todo, más que en la declaración policial donde vamos a tener escaso tiempo para trabajarlo y que va a ser entendida como un trámite por la policía siempre que nos encontremos ante un detenido y no sea verdaderamente una diligencia de averiguación. Esto incluye también la vestimenta con la que aparecer ante quien nos recibe declaración, siendo conveniente aportar una imagen normalizada y aseada huyendo de estereotipos o aspectos que puedan ser susceptibles de encajar en sesgos.


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