sábado, 16 de noviembre de 2013

INJURIAS EN INTERNET. DENUNCIA E IMPUNIDAD. TROLL

Las redes sociales son un terreno nuevo para muchos que se introducen en ellas sin conocer adecuadamente las claves o normas de funcionamiento en las mismas. No me refiero a las normas regladas ni a las condiciones de uso de las mismas (las que nadie se lee) sino a las claves o normas de comportamiento a la hora de interactuar en una red social.

Mucha gente que se mueve por internet tiene comportamientos que no realiza habitualmente en su vida cotidiana amparados por una falsa sensación de anonimato. Algunos de ellos incluso integran el comportamiento que en la red es conocido como Troll o troleo. Si leemos alguno de los artículos periódicamente dedicados a los Trolls o a como comportarse ante un troleo la mayoría pivotaran alrededor del "no alimentes al troll", que viene a ser una especie de consejo genérico de ignorar y no contestar a quien busca una reacción a través de determinados comportamientos agresivos.

Lo cierto es que no comparto esa regla genérica, como ninguna genérica. Además se suele partir de una equiparación o unificación de los comportamientos de troleo, y verdaderamente los hay muy distintos con lo cual la respuesta ha de ser adaptada a cada troleo con el que nos encontremos.

No alimentar al Troll también puede conducir a que una persona no denuncie comportamientos delictivos que se puedan estar produciendo: injurias, amenazas, acoso, la mayoría de las ocasiones. Además con un carácter reiterado pues el delincuente se siente amparado por el supuesto anonimato que da la red; anonimato irreal pues la mayoría de la gente desconoce la facilidad con la que se puede llegar a identificar al autor de tales comportamientos. Tengan esto claro y por eso lo pongo en mayúsculas: las brigadas de investigación tecnológica de Policía y guardia civil CONSIGUEN AVERIGUAR a través de la identificación de la IP a los presuntos autores de los hechos denunciados.

Ayer una periodista Sara Solomando difundió una sentencia por la que se condenaba al usuario de un perfil de tuiter como autor de una falta continuada de injurias por diversos tuits dirigidos a la misma y que el juez considera injuriosos y que no voy a reproducir. Lo destacable de la sentencia (que amablemente me hizo llegar la propia Sara, gracias) es:

* que las injurias se cometen con independencia de que la injuriada tenga un perfil público (periodista). Es decir, que no hay barra libre para injuriar a quienes son famosos o conocidos

* Se deduce de la sentencia que el denunciante había alegado que las expresiones se hacían dirigidas a un grupo definido, sus seguidores en tuiter y no de general conocimiento. La sentencia no responde adecuadamente a esta cuestión al hablar de posibilidad de retuiteo, dado que lo cierto es que la injuriada tuvo conocimiento de las expresiones, y con eso basta para integrar el tipo, independientemente de la difusión que pudiera tener la expresión. Pero que si queremos tener en cuenta esa difusión para medir el desvalor de la acción, lo cierto es que el daño no se genera solo con un retuiteo. Internet es un espacio publico al que puede acceder cualquiera. De hecho es el espacio de mayor publicidad y con mayor difusión y acceso a la información. Sin necesidad de tener una cuenta en tuiter se puede tener conocimiento de un tuit incluso sin ser retuiteado.

*la existencia de una condena por daños morales, algo inhabitual y que debería ser más habitual de lo que ocurre con normalidad. Los jueces deberían entender que determinadas conductas generan daños morales independientemente de lo que suelen exigir que es la aportación de informe psicológico. Insisto: hay conductas que objetivamente generan un daño. Y estas lo son.

Mi ultima reflexión es sobre una cuestión de oportunidad. ¿Conviene poner una denuncia? Objetivamente he de afirmar que una denuncia en un caso de estas características conduce a una lenta y laboriosa investigación que hace que pase bastante tiempo hasta que a través de la averiguación de la IP se llegue al presunto autor, continue la tramitación de las diligencias en el juzgado de instrucción y se celebre un juicio. 

Mucha gente piensa que no es eficaz poner una denuncia, que es más facil bloquear a un usuario en tuiter o ignorarlo, dado que alguien con un perfil bloqueado puede abrir otro y otro sucesiva e indefinidamente. Y que el proceso sea lento también hace que mucha gente denuncie. Sin embargo, cuando mis clientes me cuestionan por la oportunidad de estas o de otras denuncias siempre les digo: piensa en lo que sientes que tienes que hacer; si crees que ha llegado el momento de decir basta y de plantar cara, y crees que es lo que tienes que hacer, denuncia".

Hacer las cosas que uno siente que tiene que hacer también es un motivo válido para tomar una decisión.

Por último, me gustaría aportar un dato. Es pretensión del ministro de Justicia despenalizar las faltas de injurias en su proyecto de Código Penal. De ser así, estas conductas quedarán impunes y habrá que buscar otras vías para evitar sufrir estos ataques relacionadas con la gestión legal de la reputación on line buscando impedir este tipo de perfiles en las redes sociales.

Puertas que además debería utilizar Sara una vez tenga una sentencia firme

2 comentarios:

  1. En el programa de Salvados, del domingo pasado, me dejo estupefacta de las posibilidades de delinquir que hay en internet, siempre habia pensado: bueno a quien le puede importar mis comentarios y mis fotos etc.. pero que alguien se pueda hacer pasar por mi y hacer cualquier barbaridad, me produce terror, y esto como lo podrias denunciar si ni siquiera puedes llegar a enterarte a menos que la poli venga a buscarte por algo que no has hecho tu? Todas los avances nos llevan a nuevos delitos, para eso son tan necesarios los abogados, y la gente en general no se enteran de su importancia

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  2. Uy se me olvido decirte que soy Luz, no consigo comentar de otra manera

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